Daños por vulneración de derechos: honor, imagen, intimidad en Albacete | Abogado Eugenio Nieto Lara
\ Jurídicamente revisado en: Albacete, a 4 abril 2025

Daños por vulneración de derechos: honor, imagen, intimidad

«Los daños causados por la difusión de imágenes sin permiso, insultos públicos o invasiones de la privacidad pueden reclamarse legalmente. Esta página te orienta sobre cómo actuar ante una vulneración del derecho al honor, a la intimidad o a la propia imagen, y qué opciones existen para obtener una indemnización o frenar nuevas intromisiones.»

Daños por vulneración de derechos: honor, imagen, intimidad

I.

En la era digital, proteger la reputación y la privacidad se ha vuelto más necesario que nunca. Difamar a alguien en redes sociales, publicar una imagen sin permiso o divulgar datos personales sensibles puede dar lugar a una reclamación por vulneración de derechos fundamentales.

El ordenamiento jurídico protege el derecho al honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen. Estos derechos tienen rango constitucional y pueden ser reclamados cuando son lesionados por actos de terceros, ya sean personas particulares, empresas o medios de comunicación.

Desde mi despacho en Albacete, asesoro tanto a personas que han sido perjudicadas por publicaciones ofensivas, vídeos virales, acoso mediático o intromisiones no consentidas, como a quienes han recibido una reclamación y necesitan defenderse. En ambos casos, el análisis legal y la prueba son clave.

¿Han publicado información sobre ti sin tu permiso? Proteger tu honor, tu imagen y tu privacidad es un derecho legal, no un lujo.

¿Cuándo se considera que hay una vulneración de estos derechos?

II.

La jurisprudencia considera que existe intromisión ilegítima cuando se atenta contra el honor, la imagen o la intimidad de una persona sin su consentimiento, salvo que exista un interés público claramente justificado.

  • Difamación o insultos públicos que afectan la reputación personal o profesional
  • Publicación de fotos o vídeos sin consentimiento
  • Difusión de datos personales o situaciones privadas sin autorización
  • Comentarios vejatorios en medios o redes sociales
  • Uso comercial de la imagen sin permiso del afectado

La frontera entre la libertad de expresión y la vulneración de derechos es delicada. Por eso, cada caso debe valorarse de forma individual, teniendo en cuenta el contexto, la intención y el impacto.

Indemnización por daño moral y reputacional

III.

Cuando se acredita que ha existido una vulneración de estos derechos, la ley contempla el derecho a recibir una indemnización. Este tipo de daño se considera moral, ya que no afecta directamente al patrimonio, pero sí a la dignidad, el bienestar emocional o la imagen pública de la persona.

La cuantía de la indemnización dependerá de varios factores:

  • Gravedad de los hechos y alcance de la difusión
  • Repercusión personal, social o profesional del daño
  • Existencia de intencionalidad o ánimo de causar perjuicio
  • Retractación pública o eliminación posterior del contenido

Además de la compensación económica, también se puede solicitar la retirada del contenido, la publicación de una rectificación o la prohibición de nuevas intromisiones.

Como abogado, me encargo de valorar el daño, reunir las pruebas necesarias (capturas, testigos, informes psicológicos si procede) y plantear la reclamación legal correspondiente. En caso de denuncia falsa o abusiva, también defiendo a quienes son objeto de una reclamación sin fundamento.

¿Cuándo acudir a un abogado y cómo abordo estos casos?

IV.

¿Cuándo deberías consultar con un abogado?

Estos son algunos ejemplos de situaciones en las que conviene buscar asesoramiento legal:

  • Te han difamado públicamente o en redes sociales
  • Se han publicado fotos tuyas sin consentimiento
  • Has sido víctima de acoso digital o ciberacoso
  • Tu imagen ha sido usada con fines comerciales sin permiso
  • Te reclaman por algo que has dicho o publicado y no sabes si vulnera derechos

En todos estos casos, un abogado puede ayudarte a valorar si existe base legal para una reclamación o una defensa eficaz.

Cómo abordo estos casos en el despacho

Lo primero es escuchar tu caso y recopilar toda la información: publicaciones, fechas, pruebas, contexto. Después analizamos si la conducta puede considerarse una intromisión ilegítima y qué vías legales conviene seguir.

Puedo ayudarte a redactar una reclamación extrajudicial, a preparar una demanda civil o a responder frente a una denuncia. También colaboro en la obtención de pruebas digitales y en la peritación del daño si es necesario.

Mi objetivo es lograr la protección de tus derechos con rapidez y eficacia, minimizando el impacto personal y legal del conflicto.

Eugenio Nieto Lara · Abogado en Albacete

¿Has sufrido una vulneración de tu imagen o privacidad en Albacete?

Si necesitas asesoramiento por un posible daño a tu honor, imagen o intimidad, contacta conmigo. Analizaré tu caso con total confidencialidad y te ayudaré a valorar si puedes reclamar legalmente una indemnización o frenar nuevas intromisiones.

Contacte hoy mismo.
Ficha - Abogado Eugenio Nieto Lara

Eugenio Nieto Lara


Especialista en Daños por vulneración de derechos: honor, imagen, intimidad en Albacete

Abogado en Albacete con más de 20 años de experiencia. Especializado en derecho civil, penal y de familia, ofrece asesoramiento y representación cercana y personalizada. Perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de Albacete (ICALBA), su despacho cubre temas como desahucios, cláusulas suelo, separaciones, y defensa penal.

¿Qué se puede reclamar si vulneran mi imagen o mi honor?

Se puede reclamar una indemnización por daño moral, la retirada del contenido ofensivo y la publicación de una rectificación, entre otras medidas.

¿Qué plazo tengo para reclamar por vulneración de derechos fundamentales?

El plazo general es de 4 años, pero lo recomendable es actuar cuanto antes para evitar la desaparición de pruebas.

¿Hace falta probar el daño para reclamar?

Sí. Aunque se trata de un daño moral, hay que acreditar el alcance del perjuicio y el vínculo con la conducta del demandado.

¿Y si lo ha hecho un menor o alguien sin intención?

Aunque no haya intención, puede existir responsabilidad civil. En el caso de menores, responderán sus padres o tutores legales.

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Eugenio Nieto Lara · Abogado en Albacete
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