Abuso sexual a menores, personas vulnerables o con discapacidad en Albacete | Abogado Eugenio Nieto Lara
\ Jurídicamente revisado en: Albacete, a 17 abril 2025

Abuso sexual a menores, personas vulnerables o con discapacidad

«Los delitos de abuso sexual cometidos contra menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad conllevan penas más graves por la especial protección que merecen. En esta página se explican las diferencias legales, cómo actuar ante un caso de abuso y qué opciones existen desde la defensa penal o como víctima.»

Abuso sexual a menores o personas vulnerables: especial protección penal

I.

El abuso sexual a menores de edad, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad está expresamente tipificado en el Código Penal español y constituye una de las conductas más severamente castigadas. Este tipo de delitos afecta no solo a la libertad sexual, sino también al desarrollo personal, la dignidad y la integridad psíquica de la víctima.

Cuando la persona afectada es menor de 16 años, la ley presume que no existe consentimiento válido, y por tanto toda conducta sexual con connotación abusiva o sin violencia se considera delito. También se agravan las penas si la víctima tiene una discapacidad sensorial, intelectual o física que limite su capacidad de defensa o comprensión.

Desde el despacho en Albacete, brindo asistencia tanto en la defensa penal ante acusaciones como en la representación legal de víctimas o familias, abordando estos casos con máxima sensibilidad y rigor técnico.

¿Te han denunciado por un delito sexual contra un menor o persona vulnerable? ¿O eres víctima de un abuso? En ambos casos, la actuación legal debe ser inmediata y especializada.

Elementos clave y agravantes del delito

II.

El artículo 183 del Código Penal regula los delitos de abuso sexual cometidos sobre menores de 16 años, estableciendo una protección reforzada que se agrava en los siguientes casos:

  • Si la víctima tiene menos de 13 años.
  • Si existe relación de parentesco, convivencia o superioridad (profesores, cuidadores, médicos, etc.).
  • Si se utilizan medios tecnológicos (ciberabuso, grooming, envío de material sexual).
  • Si hay discapacidad reconocida en la víctima, o esta se encuentra en situación de indefensión o dependencia.

La ley distingue entre abuso con contacto físico, sin contacto, con acceso carnal, o actos de carácter exhibicionista. Las penas pueden alcanzar los 15 años de prisión en los casos más graves o reiterados.

Cómo actuar ante una denuncia o sospecha de abuso

III.

Cuando se produce una denuncia o se sospecha de un posible abuso sexual contra un menor o persona vulnerable, es esencial actuar de inmediato:

  • Como víctima o familiar: contactar con un abogado para presentar denuncia ante la policía o el juzgado de guardia. Se valorará si es necesario pedir medidas cautelares.
  • Como persona investigada: no hacer declaraciones sin abogado. Es habitual que se dicten medidas inmediatas como alejamiento o suspensión del contacto.
  • Proteger pruebas: mensajes, testimonios, informes médicos o psicológicos, grabaciones, etc., serán fundamentales para apoyar la versión de los hechos.
  • Solicitar informe forense del Instituto de Medicina Legal si hay lesiones o afectación psicológica.

El procedimiento puede incluir declaración judicial, prueba pericial psicológica, análisis de dispositivos electrónicos y testimonio protegido de la víctima.

Consejos legales en casos de abuso sexual a personas vulnerables

IV.

No respondas a la denuncia sin asesoramiento penal

Una reacción impulsiva o una declaración mal orientada puede empeorar la situación. Muchos investigados cometen errores graves al declarar ante la policía sin abogado, lo que dificulta luego la estrategia de defensa. Es esencial mantener la calma y contar con representación desde el primer momento.

No subestimes la importancia de las pruebas psicológicas

Las periciales psicológicas y el testimonio de la víctima, en especial si es menor, son piezas clave en estos procesos. El error habitual es no preparar la prueba pericial de la defensa, o no impugnar correctamente informes sesgados. Contar con expertos independientes puede cambiar el rumbo del procedimiento.

No actúes solo si eres la familia de la víctima

En estos casos, además de la vía penal, es posible iniciar procedimientos civiles para solicitar indemnización por daños. Muchos familiares se centran en la denuncia pero olvidan reclamar por los efectos psicológicos, morales y económicos que genera el abuso.

Cómo abordo estos casos en el despacho

Desde el despacho en Albacete asumo la defensa penal tanto de personas investigadas como de víctimas de estos delitos. Analizo la consistencia de las pruebas, colaboro con psicólogos forenses y presento estrategias legales adaptadas a la realidad de cada caso. La clave es actuar rápido y con sensibilidad jurídica, evitando estigmatizaciones innecesarias y garantizando los derechos de todas las partes.

Eugenio Nieto Lara · Abogado en Albacete

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Si has sido víctima o te han acusado de un delito de abuso sexual contra un menor o persona vulnerable, contacta conmigo. Analizaré el caso con total confidencialidad y te ofreceré asesoramiento legal especializado para proteger tus derechos.

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Ficha - Abogado Eugenio Nieto Lara

Eugenio Nieto Lara


Especialista en Abuso sexual a menores, personas vulnerables o con discapacidad en Albacete

Abogado en Albacete con más de 20 años de experiencia. Especializado en derecho civil, penal y de familia, ofrece asesoramiento y representación cercana y personalizada. Perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de Albacete (ICALBA), su despacho cubre temas como desahucios, cláusulas suelo, separaciones, y defensa penal.

¿Qué se considera abuso sexual a menores en el Código Penal?

Cualquier acto con contenido sexual sobre un menor de 16 años, con o sin contacto físico, cuando no hay violencia pero sí aprovechamiento de la situación.

¿Puede haber delito si no hubo contacto físico?

Sí. Los actos de exhibicionismo, proposiciones sexuales o envío de imágenes también pueden constituir delito si la víctima es menor o vulnerable.

¿Qué hacer si mi hijo ha sido víctima de abuso?

Buscar atención psicológica, presentar denuncia con abogado y recopilar pruebas. Es importante actuar rápido y proteger emocionalmente al menor.

¿Puede retirarse la denuncia en un proceso penal por abuso?

No. Aunque la víctima decida no continuar, el procedimiento sigue adelante por tratarse de un delito público.

¿Qué penas conlleva el abuso sexual a menores o personas con discapacidad?

Penas de prisión de 2 a 15 años, según la edad de la víctima, el tipo de conducta y si hay agravantes como parentesco o violencia psicológica.

¿Cómo se prueba un abuso sexual sin testigos?

Con informes psicológicos, declaraciones protegidas de la víctima, peritajes médicos, mensajes o conducta del agresor. La prueba indiciaria es clave.

¿Qué derechos tiene el acusado en estos casos?

Derecho a no declarar, a un abogado, a acceder al expediente y a impugnar pruebas. La defensa debe garantizar la presunción de inocencia.

¿Es posible llegar a un acuerdo judicial?

En casos de abuso sexual a menores o personas vulnerables, no se admiten conformidades para evitar penas si hay violencia o acceso carnal. El juez puede imponer la pena íntegra.
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Eugenio Nieto Lara · Abogado en Albacete
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